Jornadas ordinarias semanales de 48 horas para los médicos

Jornadas laborales de hasta 75 horas semanales para los médicos
Según el borrador del Estatuto Marco 2025 se pretende obligar a los Médicos a jornadas ordinarias de 48h semanales, con lo que ello supone realizar si cabe más de 75h semanales en jornadas especiales (todo ello sin incluir las guardias de 24h).
El resto de profesionales laborales disponen de jornadas laborales de 37,5h semanales. Lo que convierte al médico en el único trabajador que solo tiene derecho a descansar 1 día y medio cada dos semanas, es decir, unas 36h seguidas cada 14 días, siendo así menos de la mitad de horas de descanso reglamentarias comparadas con cualquier otro trabajador.
Además, esas horas a partir de las 37,5 horas a la semana, no cuentan para la jubilación
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