Opciones si no me gusta la plaza que he sacado en la oposición. Movilidad tras obtener plaza

20 de mayo de 2026- Lectura:8,4 min- Lectura:

OPCIONES SI NO ME GUSTA LA PLAZA

Tras muchísimos años sin oposiciones ni traslados y tras muchos años desde que se convocó esta oposición y este concurso de méritos, por fin se están resolviendo y la gente se puede ir incorporando a sus destinos.

Pero también es verdad que hay muchas personas que llevan mucho tiempo en un puesto de trabajo, con familia, con su vida hecha, incluso con puestos adaptados a un cierto grado de minusvalía. Para todas estas personas puede ser un fastidio importante tener que dejar todo aquello en lo que han estado trabajando durante muchos años y, en algún caso, casi toda la vida, para ir a incorporarse a una plaza que puede ser peor, estar más lejos del domicilio… en fin complicarse al vida.

Aquí vamos a exponer qué alternativas tiene una persona para intentar no moverse o no moverse demasiado del puesto de trabajo que han obtenido en esta oposición o concurso de méritos.

Ya os adelantamos que no es nada sencillo y que hay que hilar muy fino.

En caso de que tengas alguna pregunta o quieras saber más, o te afecte en persona, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por mail o a través del grupo de whatsapp de afiliados.

Lo primero de todo es que puedes pedir una comisión de servicio inmediatamente, sin que te tengas que incorporar a la plaza de destino que has sacado. Eso sí, tendrás que ir a firmar.

Las comisiones de servicio se gestionan entre los gerentes de los departamentos de salud. A su vez, a los gerentes se lo dicen los Jefes de Servicio o coordinadores. Si ambos hospitales o departamentos están e acuerdo, no hay impedimento para que la Consellería apruebe tu comisión de servicios.

Estrategia para las comisiones de servicio. Lo primero de todo, habla con tu Jefe de Servicio, que es quien va a negociar por ti la comisión de servicios con el hospital donde hayas sacado la plaza. Es habitual es que se negocien antes de que cojas la plaza.

Las comisiones de servicio dependen de las necesidades del servicio.

Si tienes una idea de dónde vas a ir, puedes ir tanteanto el terrerno por ver si te podrán dar o no una comisión de servicios. En hospitales de difícil cobertura es más complicado que te puedan conceder una comisión de servicios.

Las comisiones de servicios son una prerrogativa. Es decir, te la pueden dar o no. Y además te la pueden revocar (quitar) si ya no se cumplen las condiciones que dieron lugar a la misma. En otras palabras, la comisión de servicios te la pueden quitar, sobre todo si en hospital donde tienes la plaza en realidad necesita que vayas allí. De todas maneras, en general, es muy raro que te quiten una comisión de servicios una vez concedida.

Si has pensado en no incorporarte a la plaza, es mucho mejor que no acudas al acto de adjudicación de plazas, o que acudas y no cojas ninguna ya que no te gustan o que no presentes la documentación de solicitud de plaza cuando sea telemática.

Hay muchas situaciones en las cuales nos podemos plantear, más que no coger la plaza, el renunciar a ella.

¿Cuáles son los motivos? Fundamentalmente en los actos telemáticos en los que salen muchas plazas pero en sitios «malos». Por ejemplo, en esta OPE está pasando con Pediatría de EAP y con Médico de Familia de EAP.

En estos casos, si no quieres irte muy lejos (como puede ser no irte a más de una hora en coche), una posibilidad es presentar la solicitud telemática y si obtienes una buena plaza o una plaza razonablemente buena… pues ya lo tienes.

Lo lógico sería pedir las plazas que te convengan y no pedir las demás, de forma que la plaza que obtengas sea, al menos, razonablemente buena. Y puesto que no has elegido las plazas a las que no irías, pues te quedas fuera de la OPE.

No obstante, todavía queda un recurso, que es ver qué plaza te toca y/o ver si puedes pedir comisión de servicios, y si sale bien, fenomenal. Y si sale mal, todavía puedes renunciar a la plaza.

Pero una vez adjudicada la plaza, tienes CINCO días para renunciar a la misma. Aquí te explicamos cómo hacerlo:

La renuncia de la plaza solamente se puede realizar si…. has cogido la plaza, PERO todavía no te has incorporado (lógico por ahora). Es decir, se puede hacer DESPUÉS DEL ACTO ÚNICO.

Tienes CINCO DIAS para poder presentar un escrito de renuncia a tu plaza una vez que la tienes adjudicada. Es decir, cuado salga en el dogv el listado definitivo con los destinos que le corresponden a cada uno. Si se te pasa el plazo, te adjudican la plaza.

En esos cinco días después de la publicación en el dogv de los destinos definitivos, debes presentar un escrito, tal como ponen las bases de la convocatoria:

«12.2 Las renuncias a las plazas adjudicadas se podrán realizar en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la resolución de publicación del listado definitivo de adjudicación de plazas, a través de escrito, dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, presentado en un registro oficial, en el que deberá constar el total de los datos personales del aspirante, la categoría profesional cuya renuncia presentan, copia de la solicitud de inscripción y fotocopia autenticada del DNI. Los escritos que no cumplan estos requerimientos no serán tenidos en cuenta, entendiéndose no formulada la renuncia.»

Copia autenticada DNI. Consiste en ir al notario y que haga un testimonio de que el DNI que presentas es auténtico. En otras palabras, vas al notario y te lo hacen. El precio ronda entre los 3 y los 5 euros según notaría. Si alguien lo necesita, le podemos recomendar una notaria en la que diciendo que vais de parte nuestra NO HACE FALTA COGER CITA. Si lo necesitáis, mandanos whatsapp al grupo de afiliados al Sindicato Médico Avanza o mail (al pie de página tienes un formulario de contacto).

Modelo para presentar la renuncia. Si quieres ir adelante con esto, whatsapp al grupo de afiliados al Sindicato Médico Avanza o mail (al pie de página tienes un formulario de contacto). Te proporcionaremos información adicional y un modelo de documento a presentar.

Reducción de jornada

Quizá no te guste tu plaza nueva, pero tienes que ir, ya que por fin eres estatutaria o estatutario fijo en la Consellería. Hay muchas alternativas a no tener que ir todos los días, como pueden ser las reducciones de jornada por cuidado de hijos menores de 12 años.

Excedencia por cuidado de menores

Puede ser una buena alternativa mientras arreglas tus asuntos, ya que dicha excedencia no tiene una duración determinada. Es decir, tu pides una excedencia por cuidado de menores (hasta tres años) y tienes el tiempo que quieras para arreglar tus asuntos.

Excedencias por asuntos particulares

  • Estas excedencias tienen una duración de DOS años como mínimo y pierdes el destino. Es decir, ya no tienes que ir al sitio donde has sacado la plaza, sino que están con plaza pero sin destino.
  • No es una mala opción si no quieres ir a la plaza que has obtenido de ninguna de las maneras, quieres tener plaza estatutaria fija (también llamada plaza en propiedad) y puedes NO cobrar nada de la Consellería durante el tiempo de la excedencia.
  • La característica interesante de este tipo de excedencia es que se pierde el destino, tal como hemos visto, por lo que cuando pasen un mínimo de dos años puedes pedir la reincorporación (denominado “reingreso provisional”). Esa reincorporación se produce DONDE TÚ LO SOLICITES y haya alguna plaza con carácter interino. No tienes por qué saber dónde hay plazas ni nada de eso, ya que de saber dónde hay plazas se encarga la Consellería. Simplemente, en la solicitud de reingreso, pides las plazas que te interesen en el hospital o departamento de salud que te interese. Si hay un interino, éste salta y tú te incorporas a esa plaza, que para eso tienes derecho por tener una plaza estatutaria fija.
  • Algunas compañeras y compañeros lo han hecho así en oposiciones anteriores: han estado fuera del sistema durante dos años y luego se han reincorporado. Puedes coger plaza en propiedad en un hospital muy lejano de tu casa, como puede ser en otra provincia, luego pedir una excedencia por asuntos particulares y estar un mínimo de dos años sin cobrar de la Consellería y después solicitar tu reingreso provisional en el hospital de al lado de su casa.

Reingreso provisional

  • Es el reingreso que se produce después de una excedencia por el motivo que sea.
  • Tines que solicitar el reingreso en la Consellería, y lo puedes hacer en el departamento de salud que desees.
  • Suelen tardar entre un día y un mes en resolver tu reingreso y que te puedas incorporar. Mientras se resuelve tu reingreso, no cobras nada de la Consellería.
  • Una vez que has hecho el reingreso, tienes la obligación de presentarte al primer concurso de traslados que salga y tienes la obligación de pedir, al menos, todas las plazas de tu departamento de salud.

Se pueden conceder cuando tu cónyugue o pareja de hecho tiene plaza en propiedad (funcionario o estatutario) en una localidad diferente a la tuya.

En este momento están bastante restrictivos con las agrupaciones familiares en la Consellería.

Tienes información más detallada aquí.

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